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El asalto a las pensiones ya está aquí

Publicado en por Skiper

Fuente: http://www.deverdaddigital.com/pagArticle.php?idA=15367

Debe haber una nueva reforma de las pensiones. Y debe hacerse ya. El mandato de Berlín y el FMI es concluyente. Y ya hemos visto en Chipre de lo que son capaces. Robar directamente a los chipriotas entre el 6,5 y el 10% del dinero que tienen ahorrado en los bancos.

 

 

Desde mayo del año pasado, venimos insistiendo reiteradamente que el siguiente gran botín hacia el que se dirigen es el sistema público de pensiones, una sustanciosa caja de 115.000 millones de euros anuales. El asalto final ya ha comenzado y el gobierno de Rajoy se dispone a cumplir mansamente el dictado y los plazos fijados por la Troika.

 El anuncio de la creación inmediata de una comisión de “expertos independientes” para regular lo que llaman “el factor de sostenibilidad de las pensiones” es la antesala del nuevo robo que se disponen a perpetrar. 

 

 

Haban de “expertos independientes” cuando son los mismos economistas y asesores de la banca nacional y extranjera que vienen vaticinando, cada 5 o 10 años, desde 1990, el hundimiento del sistema público de pensiones. Hablan de “sostenibilidad de las pensiones”, pero en realidad de lo que están hablando es de rebajar las pensiones, alargar la edad de jubilación y aumentar los años necesarios para acceder a la pensión y cobrar el 100%. "El FMI y Berlín apremian a Rajoy a lanzarse contra las pensiones, pero nuestra capacidad de lucha ha avanzado mucho en tres años"

 

 

Su gran objetivo es reducir el gasto en el sistema público de pensiones. Abriendo con ello la puerta a su privatización parcial, de modo que los fondos de pensiones norteamericanos y las grandes aseguradoras alemanas y francesas puedan llevarse una parte sustancial de lo que hasta ahora ha sido una “caja colectiva” de solidaridad intergeneracional y territorial de todos los españoles.

 


 Quieren eliminar la revalorización automática anual según el aumento del coste de la vida. Lo que se traducirá en una constante pérdida de poder adquisitivo para los pensionistas, año tras año.

 Quieren alargar progresivamente la edad de jubilación, que algunos de estos “expertos independientes ya han fijado en los 70 o 72 años. 

 Quieren rebajar la cuantía de las nuevas pensiones alargando del número de años para calcular la pensión y exigiendo más años cotizados para poder acceder al 100%. 

Con estas medidas, el ataque frontal a las pensiones se acelera, las promesas de Rajoy se desvanecen ante el “deber” de cumplir con lo que le exigen Washington y Berlín y aparecen sin tapujos las pensiones como el gran hachazo que se disponen a dar en 2013. 

 

 

Las pensiones a la Constitución. Rederéndum

Ya en mayo del pasado año, nuestro partido, Unificación Comunista de España, adelantándonos a los acontecimientos que ahora empiezan a tomar forma, lanzamos la campaña por exigir un referéndum para que el pueblo podamos decidir una reforma de la Constitución que incluya la prohibición expresa de que ningún gobierno, presente o futuro, pueda tocar, recortar o privatizar el sistema de pensiones públicas. 

 Una campaña que no sólo ataca el punto más débil de nuestros enemigos, aquel en el que más oposición encuentran y están más aislados, sino que además nos permite concentrar y unificar las luchas populares –hoy todavía en gran parte dispersas y fragmentadas– en una misma batalla, en un único frente de combate. Una condición indispensable para ganarla y hacerles retroceder en sus planes.

 


Desde entonces, hemos recogido ya más de 200.000 firmas, centenares de personas se han unido a la campaña y ésta se ha extendido a numerosas localidades de todo el país. Desde estas mismas páginas hemos llamado frecuentemente a nuestros lectores a sumarse a ella.

 Pero el pistoletazo de salida de la ofensiva final del asalto contra las pensiones dado por el gobierno nos pone delante un nuevo reto: el de intensificar, ampliar y extender la campaña del referéndum. 

 

 

Multiplicar la campaña política extendiéndola a través de un medio tan sencillo y accesible a todos como es la recogida de firmas. Agrupar en torno a ella al mayor número de gente, impulsando su extensión a todas las localidades del país. Y avanzar rápidamente en unir al mayor número de fuerzas sociales, sindicales, políticas, personalidades,... constituyendo la Mesa Estatal pro-Referéndum. Un organismo unitario que tome en sus manos la tarea de hacer de la campaña del referéndum de las pensiones la batalla política central en torno a la cual unir al 90% de la población.

 

 

El FMI y Berlín apremian al gobierno de Rajoy para que se lance al asalto definitivo contra el sistema público de pensiones. Pero el rechazo, la conciencia, la capacidad de lucha y de organización de la sociedad española ha avanzado mucho en estos tres años desde que empezó el saqueo al que nos están sometiendo. 

La idea de que ¡Sí se puede! hacerles frente –lanzada también por nuestro partido en las elecciones europeas de 2009– se extiende como la pólvora entre los sectores más combativos de la población, que a su vez ganan cada vez más apoyos entre el 90%.

 

 

También, y sobre todo, en este terreno, si sabemos hacerlo, si tomamos con decisión, audacia y energía la batalla de las pensiones, ante el pueblo se nos presenta la oportunidad de hacer fracasar sus planes y obligarles a retroceder. Y una victoria popular en una batalla de la envergadura de esta, puede llegar a tener unas consecuencias políticas hoy por hoy inimaginables. En nuestras manos está conseguirlo.


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Revisa tu contrato: si contiene una de estas cláusulas, Europa lo considera abusivo

Publicado en por Skiper

Fuente: http://noticias.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/servicios-bancarios/revisa-tu-contrato-si-contiene-una-de-estas-clausulas-europa-lo-considera-abusivo_cW8mODyncLHot7mipeFUC4/

Sentencia histórica. Así puede considerarse la decisión que hizo pública ayer el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las medidas que regulan en España el procedimiento de desahucios por impago de la hipoteca.

 

 

Éste proceso se abrió después de que el ciudadano marroquí Mohammed Aziz, que había sido desahuciado por Catalunya Caixa por el impago de su hipoteca, acusara a la entidad de cobrar unos intereses de demora anuales abusivos del 18,75%.

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, donde Aziz solicitó que se anulara la cláusula que consideraba abusiva y se declarara nula la ejecución de su vivienda, decidió suspender el procedimiento y plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si la normativa española es contraria a la Directiva sobre defensa de los derechos de los consumidores.

 

 

Y el fallo ha dado la razón a Mohammed Aziz en más aspectos de los que él mismo alegó, ya que además de poner en entredicho los elevados intereses de demora, también cuestiona que la entidad bancaria pueda exigir el "vencimiento anticipado en contratos de larga duración", es decir, que pueda ejecutar una hipoteca a 33 añós por unos impagos puntuales; y concede al juez la potestad para suspender el proceso de ejecución.

Estos tres puntos se encuentran recogidos entre los 17 tipos de cláusulas que Europa considera ilegales.

 

 

En concreto, el primero (intereses de demora abusivos) hace referencia a todas aquellas «cláusulas que tengan por objeto o por efecto imponer al consumidor que no cumpla sus obligaciones una indemnización desproporcionadamente alta»; mientras eu el segundo se acoge a las «cláusulas que tengan por objeto o por efecto suprimir u obstaculizar el ejercicio de acciones judiciales o de recursos por parte del consumidor.

Pero, lejos de ver estos puntos negros como un fallo exclusivo de los créditos hipotecarios, los consumidores deben saber que este tipo de clausulas salpican todo tipo de contratos y, por tanto, conocer cuáles son consideradas por Bruselas como abusivas puede ayudar a evitar injusticias (al final del texto aparecen detalladas todas conforme vienen redactadas en el Anexo a la Directiva).

 

 

La propia Unión Europea reconoce que los abusos más frencuentes son:

1. excluir o limitar los derechos legales del consumidor con respecto al profesional en caso de incumplimiento.

 


2. imponer al consumidor que no cumpla sus obligaciones una indemnización desproporcionadamente alta.

 


3. incluir la adhesión del consumidor a cláusulas de las cuales no ha tenido la oportunidad de tomar conocimiento real antes de la celebración del contrato.

 


4. supresión u obstaculización del ejercicio de acciones judiciales o de recursos.

 

 

En el caso concreto de los contratos hipotecarios, y a la luz del fallo del Tribunal Europeo, conviene revisar las cláusulas relativas al vencimiento anticipado en contratos de larga duración, a la fijación de intereses de demora excesivos y a la determinación unilateral por parte del prestamista de la liquidación de la totalidad de la deuda, ya que estos tres puntos son los que puso en entredicho el titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona.

 

 

Aquí tienes la lista completa de las cláusulas que Bruselas considera abusivas:

a) excluir o limitar la responsabilidad legal del profesional en caso de muerte o daños físicos del consumidor debidos a una acción u omisión del mencionado profesional.

 

 

b) excluir o limitar de forma inadecuada los derechos legales del consumidor con respecto al profesional o a otra parte en caso de incumplimiento total o parcial, o de cumplimiento defectuoso de una cualquiera de las obligaciones contractuales por el profesional, incluida la posibilidad de compensar sus deudas respecto del profesional mediante créditos que ostente en contra de este último.

 

 

c) prever un compromiso en firme del consumidor mientras que la ejecución de las prestaciones del profesional está supeditada a una condición cuya realización depende únicamente de su voluntad.

 

 

d) permitir que el profesional retenga las cantidades abonadas por el consumidor, si éste renuncia a la celebración o la ejecución del contrato, sin disponer que el consumidor tiene derecho a percibir del profesional una indemnización por una cantidad equivalente cuando sea éste el que renuncie.

 

e) imponer al consumidor que no cumpla sus obligaciones una indemnización desproporcionadamente alta.

 

 

f) autorizar al profesional a rescindir el contrato discrecionalmente, si al consumidor no se le reconoce la misma facultad, o permitir que el profesional se quede con las cantidades abonadas en concepto de prestaciones aún no efectuadas si es el propio profesional quien rescinde el contrato.

 

 

g) autorizar al profesional a poner fin a un contrato de duración indefinida, sin notificación previa con antelación razonable, salvo por motivos graves.

 

 

h) prorrogar automáticamente un contrato de duración determinada si el consumidor no se manifiesta en contra, cuando se ha fijado una fecha límite demasiado lejana para que el consumidor exprese su voluntad de no prorrogarlo.

 

 

i) hacer constar de forma irrefragable la adhesión del consumidor a cláusulas de las cuales no ha tenido la oportunidad de tomar conocimiento real antes de la celebración del contrato.

 

 

j) autorizar al profesional a modificar unilateralmente sin motivos válidos especificados en el contrato los términos del mismo.

 

 

k) autorizar al profesional a modificar unilateralmente sin motivos válidos cualesquiera características del producto que ha de suministrar o del servicio por prestar.

 

 

l) estipular que el precio de las mercancías se determine en el momento de su entrega, u otorgar al vendedor de mercancías o al proveedor de servicios el derecho a aumentar los precios, sin que en ambos casos el consumidor tenga el correspondiente derecho a rescindir el contrato si el precio final resultare muy superior al precio convenido al celebrar el contrato.

 

 

m) conceder al profesional el derecho a determinar si la cosa entregada o el servicio prestado se ajusta a lo estipulado en el contrato, o conferirle el derecho exclusivo a interpretar una cualquiera de las cláusulas del contrato.

 

 

n) restringir la obligación del profesional de respetar los compromisos asumidos por sus mandatarios o supeditar sus compromisos al cumplimiento de formalidades particulares.

 

 

o) obligar al consumidor a cumplir con todas sus obligaciones aun cuando el profesional no hubiera cumplido con las suyas.

 

 

p) prever la posibilidad de cesión del contrato por parte del profesional, si puede engendrar merma de las garantías para el consumidor sin el consentimiento de éste.

 

 

q) suprimir u obstaculizar el ejercicio de acciones judiciales o de recursos por parte del consumidor, en particular obligándole a dirigirse exclusivamente a una jurisdicción de arbitraje no cubierta por las disposiciones jurídicas, limitándole indebidamente los medios de prueba a su disposición o imponiéndole una carga de la prueba que, conforme a la legislación aplicable, debería corresponder a otra parte contratante.


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¿Cómo me afecta la reforma de la jubilación parcial y anticipada?

Publicado en por Skiper

Fuente: http://economia.elpais.com/economia/2013/03/15/actualidad/1363382671_791180.html

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El decreto ley aprobado ayer por el Gobierno hará más difícil jubilarse antes de la edad legal y además supondrá para quienes lo hagan un mayor coste. También se complica la jubilación parcial. En cambio, se abre la puerta a compatibilizar trabajo y el 50% de la pensión. 

 

 

Estas son las principales medidas:

Para acceder a la jubilación anticipada

 Más edad.

Hasta ahora, la edad de acceso era de 61 años. Ahora, será la inferior en 4 años, como máximo, a la edad ordinaria de jubilación establecida con carácter general. Así, ira pasando de 61 años y un mes a 63 años.

 

 

 Desde el paro.

Se puede acceder cuando el cese en el trabajo es involuntario, consecuencia de una situación de crisis o cierre de la empresa. Quienes la soliciten deben haber estado inscritos como parados, al menos, 6 meses.

 

 

 Más cotización mínima.

Se eleva de 30 a 33 años el periodo mínimo de cotización efectiva exigido. A estos efectos, se puede computar hasta un año de mili o de prestación social sustitutoria.

 

 

 Más penalización.

Se endurecen los coeficientes reductores de la pensión por cada trimestre o fracción de trimestre que, en el momento de la jubilación anticipada, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación. Una vez aplicados los coeficientes reductores, el importe de la pensión no podrá superar la cuantía resultante de reducir el tope máximo de pensión en un 0,50% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación.

 

 

 Nueva jubilación anticipada voluntaria.

Junto a la jubilación anticipada forzosa, que era la única que existía hasta ahora (aunque a veces se distrazasen de tales acuerdos voluntarios entre la empresa y el trabajador) se crea ahora una jubilación anticipada voluntaria. La edad de acceso deberá ser inferior en dos años, como máximo, a la edad ordinaria de jubilación establecida con carácter general. 

Es decir, irá pasando de los 63 años y un mes actuales a los 65 años. En este caso, harán falta 35 años de cotización efectiva (se podrá computar uno de mili u objeción de conciencia). Además, los coeficientes reductores son más agresivos (ver tabla).

El importe de la pensión ha de resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad. En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación anticipada. Es decir, esta figura no es compatible con complementos a mínimos.

 

 

Para acceder a la jubilación parcial

Más edad.

Se eleva progresivamente la edad de acceso hasta llegar a los 63 siempre y cuando se tenga 36 años y 6 meses cotizados o más y hasta llegar a los 65 años si cuenta con 33 años cotizados o más.

 

 

Menos reducción de jornada.

Sigue habiendo que acreditar un período de antigüedad en la empresa de, al menos, seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial. La reducción de la jornada de trabajo del jubilado parcial debe estar entre un mínimo de un 25% y un máximo del 50% (antes, el 75%).

Se puede llegar al 75% (antes, al 85%) en los casos en que el trabajador que releve al jubilado parcial sea contratado a jornada completa mediante un contrato fijo, a tiempo completo, y una duración mínima de, al menos, dos años más que lo que reste al trabajador para alcanzar la edad ordinaria de jubilación.

El incumplimiento de esta condición generará obligaciones de compensación al empresario.

 

 

Más periodo de cotización.

Se eleva de 30 a 33 años el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a la jubilación parcial.

 

 

Base de cotización creciente.

Se mantiene la exigencia de que la cotización correspondiente al trabajador relevista no podrá ser inferior al 65% del jubilado parcial. Además, durante el periodo de disfrute de la jubilación parcial, empresa y trabajador cotizarán por la base de cotización que, en su caso, hubiese correspondido de seguir trabajando este a jornada completa, si bien este punto se aplica gradualmente comenzando con un 50% de la base de cotización que hubiera correspondido a jornada completa e incrementándose un 5% cada año hasta llegar al 100%.

 

 

 Para trabajar y cobrar la pensión a la vez 

La mitad de la pensión.

Se facilita la posibilidad de cobrar el 50% de la pensión ser a la vez trabajador en activo, tanto por cuenta ajena como propia, a tiempo completo o parcial.

 

 

Cotización solidaria.

Se exime del pago de buena parte de las cotizaciones sociales, aunque se introduce una llamada “cotización de solidaridad” del 8% (6% a cargo de la empresa, 2% a cargo del trabajador). Para acceder a esta modalidad se deberán haber alcanzado la edad legal de jubilación y el 100% de la base reguladora.

Cuando finaliza el periodo de actividad, se restablece el pago de la pensión íntegra, sin que el pensionista pierda esta cualidad en ningún momento.

 

 

También para funcionarios.

Al final, el Gobierno ha decidido establecer para los funcionarios condiciones semejantes para compatibilizar empleo y pensión.


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La inminente reforma de la Ley de Propiedad Intelectual plantea una guerra abierta contra los enlaces a descargas

Publicado en por Skiper

Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2013/03/15/navegante/1363338920.html

Ibercrea filtra un texto completo extraoficial de borrador de la normativa.

De aprobarse, aumentaría el control sobre las entidades de gestión de derechos.

Cultura asegura que el texto pasará por un periodo de información pública.

 

 

Una nueva filtración de un borrador del anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (PDF), que llegará al Consejo de Ministros presumiblemente la semana próxima, plantea nuevas medidas para agilizar y reforzar el funcionamiento de la Comisión de la Propiedad Intelectual (CPI) de la Secretaría de Estado de Cultura, especialmente la Sección Segunda, conocida como 'Comisión Sinde'. Entre ellas, la obligación para las 'telecos' de identificar a los usuarios a petición de un juez contencioso administrativo, o medidas para 'asfixiar' económicamente a las páginas de enlaces a descargas.

 

 

La Sección Segunda de la CPI es la encargada de notificar y en su caso bloquear enlaces o sitios web de enlaces a descargas no autorizadas, previa autorización judicial. No obstante, tras un año de funcionamiento tras la entrada en vigor de las reformas previstas en la llamada 'Ley Sinde', su efectividad ha sido limitada.

Una de las medidas más destacables para 'solucionar' este atasco que recoge este texto, publicado por la entidad Ibercrea (que aglutina a las principales entidades de gestión), es la obligación que establece para los prestadores de Internet de identificar a los infractores -a través de una dirección IP, nombre de dominio, dirección de Internet o dato similar- a petición de la Sección Segunda de la CPI.

 

 

Para ello, se plantea una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, concretamente del apartado 1 del artículo 256, en el que se incluiría un décimo punto en el que se capacita al juez para pedir la identificación del supuesto infractor a 'telecos' y empresas de pagos y publicidad cuando "concurran indicios razonables de que esté poniendo a disposición o difundiendo a gran escala, de forma directa o indirecta, a través de cualquier enlace o redireccionamiento, contenidos" protegidos por derechos de autor.

 

 

Hasta el momento, dicha identificación se producía de este modo sólo para perseguir los delitos más graves; de esta manera, un juez de los contencioso-administrativo podrá, de prosperar la reforma, solicitar esa identificación en el caso de que exista un indicio de vulneración de la propiedad intelectual en la Red.

La Sección Segunda podrá pedir la identificación del infractor al juez para, posteriormente y si ese infractor no retira los enlaces a los contenidos 'piratas', bloquear el acceso a esos enlaces, con un nuevo permiso del juez. La idea de estas modificaciones es agilizar el proceso, que se alargaba notablemente.

 

 

Tal y como adelantaba la periodista Pilar Portero hace unas horas, "en las últimas versiones del texto también había una modificación del artículo 270 del Código Penal para armonizarlo con la nueva ley, pero parece ser que ha desaparecido de la que se aprobará en el Consejo de Ministros".

Según el abogado especializado Carlos Sánchez Almeida, este proyecto "supone una agresión sin precedentes a la libertad de expresión, y aún más, a la libertad de producción y creación literaria, artística, científica y técnica garantizada por el artículo 20 de la Constitución". "Más allá de la regulación de la comisión de censura", añade el abogado, " se pretende someter a un asfixiante control administrativo toda la actividad artística, y en particular la libre asociación de los autores y creadores".

 

 

Google se libra

Otras de las medidas resaltables del proyecto es que la Sección Segunda podrá actual contra los sitios web que "vulneren directamente los derechos de propiedad intelectual" y, subsidiariamente, contra quienes participen en la vulneración de forma "significativa considerando su nivel de de audiencia en España" y cuya "actividad principal sea la de facilitar de manera específica y masiva la localización de obras".

Los motores de búsquedas, y notablemente Google, no podrán en principio ser sancionables por esta vía ya que la actividad perseguida debe ser "activa, específica y no neutral" -"en particular ofreciendo listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras"- y "que no se limite a desarrollar actividades de mera intermediación técnica".

 

 

Es decir, tal y como se explica en la exposición de motivos, "lo anterior no afecta a (...), entre otras, una actividad neutral de motor de búsqueda de contenidos". Tampoco afectará a quienes "enlacen ocasionalmente a contenidos de terceros" -un claro guiño a los blogs y redes sociales-, aunque ésto último no aparece registrado tal cual en el articulado del borrador.

Además, la Sección Segunda podrá actuar "para el retablecimiento de la legalidad" contra prestadores "que, directa o indirectamente, actúen con ánimo de lucro, o hayan causado o sean susceptibles de causar un daño patrimonial".

 

 

Mayor poder para la 'Comisión Sinde'

El procedimiento de notificación y retirada voluntaria no debería durar más de nueve días: 48 horas como máximo para notificar al infractor (previamente identificado), presentación de alegaciones por parte de éste, se practicará prueba en dos días y las conclusiones de la Sección Segunda se darán a conocer a las partes en un plazo máximo de cinco días.

 

 

Si no hay retirada voluntaria de contenidos, la norma prevé 'asfixiar' económicamente a los sitios infractores. El texto prevé que "la sección Segunda podrá requerir la colaboración necesaria de los prestadores de servicion de intermediación, de lo servicios de pagos electrónicos y de publicidad, requiréndoles para que suspendan el servicio que faciliten al prestador infractor", con prioridad a las acciones dirigidas a bloquear su financiación.

De esta manera, el bloqueo del acceso a los sitios web declarados infractores sería una "medida de último recurso, en el caso de ser ineficaces las demás medidas de alcance".

 

 

Y además prevé consecuencias para los reincidentes en forma de multa, como infracción administrativa grave, de entre 30.000 y 300.000 euros, por incumplir dos o más veces la retirada de contenidos infractores, o por reanudar la actividad infractora.

 

 

Según Carlos Sánchez Almeida, "el texto puede contravenir la normativa europea de protección de datos, de libertad de expresión y de creación de empresa, otorgando a la administración facultades que corresponden en exclusiva al poder judicial". Y añade: "Amenazar con sanciones a empresas de 'hosting' y pasarelas de pago empujará al exilio virtual a buena parte de los emprendedores de la red española, con la consiguiente repercusión en la creación de empleo y riqueza.

 

 

Mayor control a las entidades de gestión

Otros puntos importantes en la reforma de la LPI pasan por aumentar el control de las entidades de gestión de derechos de autor, un asunto que las ha puesto en pie de guerra.

El texto plantea la obligación de control de las cuentas de las entidades por parte de Cultura aunque, de momento, esa tarea recaería en la Comisión Nacional de la Competencia, algo que critican las entidades.

Aglutinadas bajo el paraguas de Ibercrea, critican además la "falta de una política activa para la creación e implementación de una industria cultural robusta".

 

 

Los editores de periódicos, a través de AEDE, se han sumado también a la queja de Ibercrea de no haber sido convocados para consultarles la nueva norma. Mientras, Carlos S. Almeida ha hecho un llamamiento directamente a los creadores quienes, en su opinión, "deben unirse en un frente común con Internet".

"Este proyecto supone un pacto contra natura entre los explotadores de la propiedad intelectual y el poder político, sometiendo por igual a los artistas y a su público", ha afirmado.

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(Gobierno de España: Apoyamos a los corruptos): El Gobierno exime de ir a prisión a los imputados por fraude fiscal que paguen antes de dos meses

Publicado en por Skiper

Fuente: http://www.20minutos.es/noticia/1759952/0/delito/fraude-fiscal/excusa-absolutoria/

La reforma del Código Penal aprobada en enero de 2013 endurecía, en teoría, las penas por delitos fiscales al elevar las penas máximas a seis años.

El articulado, sin embargo, recoge una "excusa absolutoria que en la práctica es una puerta falsa que invalida toda la ley", denuncian los inspectores de Hacienda.

La Organización de Inspectores (IHE) lamenta que la desaparición de este delito impide a su vez luchar contra otros delitos como el blanqueo de capitales.

 

 

El Gobierno aprobó el pasado mes de enero una reforma del Código Penal que en teoría endurecía las penas por delitos fiscales, pero en la práctica deja siempre al defraudador "la oportunidad de no ingresar en prisión si se paga el importe defraudado" en el plazo de dos meses desde que ha sido imputado judicialmente, según han denunciado los inspectores de Hacienda.

La reforma legal publicada el pasado 28 de diciembre en el BOE establece un tipo penal agravado para los mayores fraudes, y se contemplan así penas de entre 2 y 6 años como máximo.

Esta modificación permite, además, que el plazo de prescripción de las infracciones por fraude fiscal se eleve hasta los 10 años, e incrementa las opciones de cobro de la deuda tributaria impagada al impedir la paralización del procedimiento administrativo.

 

 

Sin embargo, tal como explica un informe publicado por la Organización de Inspectores de Hacienda (IHE), la normativa contiene "puntos oscuros" que suponen una puerta falsa "que invalida toda la ley". En el apartado 6 del artículo 305 del Código Penal, se indica que jueces reducirán la pena "en uno o dos grados, siempre que, antes de que transcurran dos meses desde la citación judicial como imputado satisfaga la deuda tributaria y reconozca judicialmente los hechos".

 

 

En la práctica esto está suponiendo una "excusa absolutoria", en palabras de inspectores consultados por este diario, que impide que nadie entre en prisión por delitos de fraude (las penas máximas pasan a ser de 3 a 6 meses). Además, como de facto desaparece el delito fiscal, se impide por ello la persecución de otros posibles actos delictivos relacionados, "como son el blanqueo de capitales", explican fuentes solventes de la Agencia Tributaria.

La absolución denunciada por los inspectores no acaba ahí, ya que junto a la reducción de la pena se produce una rebaja de la multa que se impone a los contribuyentes imputados: Pasa a ser del 25% al 50% del importe que correspondería en caso de sanción administrativa.

"Con esta regulación se le está enviando al defraudador un mensaje claro de tranquilidad", critican desde la IHE.

 

 

Pocos medios y un mal diseño

El colectivo de inspectores alerta en su último comunicado del conjunto de problemas que, a su juicio, viven día a día en la Agencia Tributaria, al tiempo que ofrecen una batería de propuestas para ganar en eficiencia y capacidad recaudatoria.

Una de sus quejas históricas es la falta de medios de la Agencia: En España hay un empleado tributario para cada 1.928 ciudadanos, ratios muy bajos en relación a los países de nuestro entorno. En Francia y Alemania, por ejemplo, hay un inspector o subinspector por cada 860 y 729 ciudadanos, respectivamente.

 

 

Para paliar la escasez de medios humanos y ante la crisis nacional que sufren las cuentas públicas, los inspectores han propuesto por escrito al Gobierno poder realizar horas extra por las tardes (el horario en Hacienda es de 8 a 15 horas), una medida que no tendría impacto, dicen, en las cuentas, ya que la Agencia se "autofinanciaría" con el aumento de ingresos. Además, como es obvio, han reclamado que se convoquen cuanto antes nuevas oposiciones para plaza de inspector y subinspector, después de que las de 2012 sigan paralizadas.

 

 

La falta de medios humanos a su vez provoca, tal como denuncia la IHE, que la carga de trabajo de cada funcionario sea "excesiva a todas luces", lo que unido a un sistema de incentivos "perversos" (el 20% del salario depende de la productividad, es decir, de los expedientes resueltos) hayan dado como resultado una definición de objetivos inadecuada, en la que la mayor parte de la inspección se acumula en las rentas salariales y no en los grandes patrimonios.


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El Gobierno culpa a Ignacio Cosidó de las continuas filtraciones de informes policiales a los medios. Si no se cortan, tomará medidas respecto al director general

Publicado en por Skiper

Fuente: http://www.elconfidencialdigital.com/politica/082158/el-gobierno-culpa-a-ignacio-cosido-de-las-continuas-filtraciones-de-informes-policiales-a-los-medios-si-no-se-cortan-tomara-medidas-respecto-al-director-general

La Policía vive un periodo de convulsión interna. Las guerras entre unos y otros son intensas, llegando incluso a afectar a algún ministro. En el Gobierno están hartos de esta situación y consideran que el director general debería poner orden en el Cuerpo de manera inmediata.

 

 

El Gobierno ha dicho ‘basta’. No quiere, bajo ningún concepto, que se produzcan más filtraciones de sumarios, investigaciones o comisiones rogatorias. Desde Moncloa se ha ido comprobando, una vez tras otra, que los periódicos se han hecho eco de informes de la Policía incluso antes de que el Ejecutivo tuviera conocimientos de ellos.

La paciencia del presidente del Gobierno y su equipo parece haberse agotado, explican fuentes de toda solvencia a las que ha tenido acceso El Confidencial Digital. No permitirán, en ningún caso, más deslices a la prensa sobre datos de personalidades políticas que deberían permanecer siempre en secreto.

 

 

¿De dónde provienen las filtraciones?

En el Gobierno no tienen dudas: todos los datos que publica la prensa sobre informes tienen su origen en filtraciones interesadas por parte de agentes del Cuerpo Nacional de Policía.

Moncloa considera que un grupo de miembros de la Policía se dedican a hacer llegar a diferentes medios de comunicación informes que se encuentran bajo secreto de sumario. En algunas ocasiones, como decimos, el Gobierno se ha enterado a través de las páginas de los periódicos de algunas investigaciones.

 

 

Ultimátum a Cosidó

La obsesión de Rajoy y su equipo por acabar con las filtraciones provenientes de la Policía ha llevado al Gobierno a plantear un ultimátum al director general del Cuerpo Nacional de Policía, según fuentes gubernamentales consultadas por ECD.

Ignacio Cosidó, como máximo responsables de la Policía, es, en opinión de Moncloa, quien debería poner fin a esta situación que preocupa en Moncloa.

 

 

Según las fuentes a las que ha tenido acceso ECD, este es el mensaje que debe recibir Cosidó:

-- “O pones orden en la Policía, o tendrá que hacerlo otro”.

Por su parte, desde el entorno más cercano al director general de la Policía aseguran que Ignacio Cosidó no ha recibido ningún mensaje. No hay noticias sobre este malestar.

 

 

Guerra fratricida en la Policía

El Gobierno considera que las filtraciones de informes policiales se han producido porque en el cuerpo existe una fuerte disputa a dos niveles: entre algunos agentes y sus mandos, y entre algunos mandos con el número dos de la Policía.

Las fuentes consultadas por ECD apuntan que algunos comisarios están abiertamente enfrentados con el Director Adjunto Operativo, Eugenio Pino. Ponen el ejemplo de Enrique Barón, Comisario General de Información, que mantiene una relación distante con la mano derecha de Ignacio Cosidó.

 

 

Tres filtraciones polémicas

En los últimos años, tres filtraciones provenientes de la Policía han irritado especialmente al Gobierno:

-- Espionaje en la sede del PP. El pasado mes de agosto, la Unidad de Asuntos Internos de la Policía recibió el mandato de investigar la filtración al diario El Mundo del supuesto espionaje a Génova por parte de la empresa Interligare, ubicada en el edificio contiguo.

Los agentes que iniciaron la pesquisas descubrieron la existencia de una supuesta trama de contrataciones irregulares por parte de altos mandos policiales en la que estaría implicado el entonces director general de Infraestructuras y Material de Seguridad, el comisario Luis Luengo. Los datos nunca deberían haber visto la luz.

 

 

-- Las cuentas en Suiza de Artur Mas y Jordi Pujol. El medio que recibió la filtración del borrador volvió a ser el diario El Mundo. El pasado martes, el ministro del Interior reconoció en el Congreso que se había iniciado una investigación para saber “si existen [estos informes], y si existen por qué se han filtrado”. Esta información también debería haber permanecido en secreto.

 

 

-- Ana Mato y la trama Gürtel. Tal y como contó ECD, la ministra de Sanidad atribuye a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional la reciente filtración del informe sobre los regalos y pagos por parte de la trama Gürtel a ella y a su ex marido, Jesús Sepúlveda. Se trata de una petición del juez a la Policía que no debería conocerse.


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El Gobierno maquilla las cuentas de 2012 al posponer devoluciones fiscales a enero

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Fuente: http://www.eleconomista.es/economia/noticias/4670003/03/13/El-Gobierno-maquilla-las-cuentas-de-2012-al-posponer-devoluciones-fiscales-a-enero-.html

En un auténtico alarde de malabarismos contables, Hacienda adelantó ingresos a finales de 2012 y retrasó devoluciones a principios de este año para poder reducir el déficit hasta el 6,7% y acercarse al máximo al objetivo de consolidación impuesto por Bruselas a nuestro país.

 

 

Solo así se explica que el total de devoluciones se disparase un 82,8% el pasado enero en relación al mismo mes del año pasado (hasta los 5.435 millones, sin incluir la deuda pública) y que, a la vez, los ingresos tributarios menguasen un 20,2% (el Estado recaudó 2.680 millones de euros menos ese mes que en el mismo del ejercicio anterior.)

Un ejemplo claro de estas decisiones es el adelanto de los pagos fraccionados en Sociedades, que Hacienda cobró el año pasado, sabiendo que dejaría de ingresar este ejercicio. De hecho, el tercer pago de este impuesto permitió al Estado ingresar 2.481 millones de euros en el tramo final del año pasado.

 

 

Las devoluciones se disparan

Las triquiñuelas legales empleadas por el Ministerio han supuesto un aumento muy significativo en las devoluciones de los principales impuestos, que contrasta enormemente con lo sucedido en los ejercicios previos. Así, el Estado aumentó un 176% las devoluciones en el Impuesto sobre la Renta (que sumaron 625 millones), un 111,6% las de Sociedades (hasta 1.290 millones) y un 49,8% las del IVA (a un total de 1.973 millones.)

Estas cifras contrastan enormemente con el descenso en los ingresos impositivos que se registró en enero y que no responde tanto a la pérdida de actividad o de empleo, que también se ha producido en el arranque de este año en nuestro país, como a los cambios normativos impulsado por el Gobierno.

 

 

Ninguna "maniobra"

El Estado y las comunidades autónomas recaudaron en concepto de impuestos 10.591 millones, un 20,2% menos que un año antes. El mayor descenso en la recaudación se produjo en el caso de los impuestos indirectos (fue del 29,1% hasta los 1.514 millones), mientras que los impuestos directos retrocedieron un 18,6% (se recaudaron 8.970 millones en total.) El descenso del IRPF apenas superó el 9% hasta 9.232 millones de euros.

En el Ministerio que encabeza Cristóbal Montoro atribuyen este retraso a que se está "maximizando el control tributario" para proteger los intereses de la Hacienda Pública y niegan haber hecho uso de cualquier maniobra para cuadrar los datos de déficit.

 

 

Aseguran, además, que han apurado el plazo para realizar comprobaciones y que expiraba el pasado 25 de enero. En el Ministerio defienden que "si antes las devoluciones se hacían de carril, ahora no va a suceder lo mismo".

Las mismas fuentes añaden que ya se había contemplado el impacto de esas devoluciones y que cualquier análisis de los datos deber tener también en cuenta los cambios normativos habidos. Al haber atraído a diciembre la máxima recaudación posible, los datos de ejecución presupuestaria de enero se han visto deslucidos.

 

 

Aumenta el déficit de enero

Según dichos registros, el déficit de caja del Estado aumentó el 68,79% en enero, hasta los 15.252 millones de euros, frente a los 9.040 millones del mismo mes de 2012. Los ingresos netos no financieros -una vez descontada la participación de las administraciones territoriales- han sufrido un descalabro del 37%, con un importe de 5.789 millones, mientras los pagos han supuesto 21.041 millones, un 15,4% más.


Tampoco tomadas en términos de Contabilidad Nacional estas cifras son mucho más halagüeñas para Hacienda, ya que arrojan un saldo negativo de 12.729 millones de euros (un 35,4 por ciento más que a finales del mismo mes del año anterior), o lo que es lo mismo, el 1,2% del PIB, cuando un año antes suponía el 0,89%.

En Hacienda recuerdan, sin embargo, que los datos de enero no son significativos a la hora de prever si las Administraciones Públicas podrán adelgazar al máximo el agujero de sus cuentas.


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El misterio de las empresas del Ibex 35 que tributaban el 0% con Zapatero

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Fuente: http://www.infolibre.es/noticias/politica/2013/03/12/el_misterio_las_empresas_del_ibex_que_tributaban_con_zapatero_984_1012.html

Mariano Rajoy aseguró en el debate sobre el estado de la nación que cuando llegó al Gobierno "había sociedades del Ibex-35 que tributaban al 0 por 100".

Han pasado casi tres semanas y ni Hacienda ni Moncloa aclaran de qué empresas se trata.

 

 

El 21 de febrero, en el debate sobre el estado de la nación, el presidente del Gobierno aseguró que cuando el Partido Popular llegó al Gobierno había sociedades del Ibex 35 que tributaban al 0 por 100. Lo hizo en su turno de réplica a la intervención del líder de los socialistas, Alfredo Pérez Rubalcaba. Han pasado ya casi tres semanas y ni el Ministerio de Hacienda ni el Ejecutivo precisan de qué empresas se trata. 

 

 

Fuentes del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas consultadas por infoLibre aseguran que estas declaraciones del presidente del Gobierno deben entenderse como reflexiones generales sobre política fiscal ya realizadas con anterioridad por el titular del ministerio, Cristóbal Montoro, y por Miguel Ferre, secretario de Estado de Hacienda.

Y que el núcleo de las mismas es que hasta hace muy poco "las grandes empresas habían gozado de una tributación efectiva reducida, exprimiendo al máximo las deducciones fiscales". "Desde hace un año, el Gobierno ha introducido varios cambios para corregir esta situación", añaden. Las empresas concretas a las que Rajoy se refirió siguen siendo un misterio. 

 

 

Datos confidenciales

El departamento que dirige Montoro asegura que no puede dar datos concretos de contribuyentes en particular, aunque se trate de empresas. "La ley garantiza la confidencialidad de estos datos e impide a la administración difundirlos, a no ser que las mismas empresas lo hagan públicamente".

En realidad, las empresas del Ibex 35 tienen la obligación de comunicar trimestralmente sus datos a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), lo que implica que sean públicos.

 

 

infoLibre trasladó la misma petición –la de si podían concretar qué empresas del Ibex 35 tributaban al 0 por 100– a la Presidencia del Gobierno. Fuentes del Ejecutivo precisaron que "todas las empresas depositan sus cuentas en el Registro Mercantil", pero que "desde el Gobierno no se pueden concretar porque lo impide la Ley General Tributaria". Es decir, según esta versión, Mariano Rajoy utilizó en el debate sobre el estado de la nación un ejemplo cuyos datos no son comprobables por los ciudadanos al tratarse de "datos confidenciales".

 

 

A finales de 2012, El País informó de que en 2001 las empresas pagaron por impuestos solo el 11,6% de sus beneficios. Una cifra que dista bastante de los gravámenes oficiales vigentes en nuestro país: el 30% para las grandes compañías y el 25% para las pymes.

Hacienda recuerda que desde hace un año "el Gobierno ha introducido varios cambios, principalmente en gastos deducibles y pagos fraccionados, para corregir esta situación".

 

 

Para conocer los datos sobre la afirmación realizada por el presidente del Gobierno en el Congreso de los Diputados, infoLibre se puso en contacto con el departamento de comunicación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con la Secretaría de Estado de Comunicación y con el servicio de prensa del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados. Estos últimos remitieron a Hacienda y a Presidencia del Gobierno.

La petición a Hacienda fue realizada por correo electrónico el 25 de febrero por la mañana. Y la respuesta que figura en esta información llegó por la misma vía el 27 de febrero. Ese mismo día trasladamos la pregunta a Moncloa.

Su departamento de comunicación respondió por teléfono. Tanto Moncloa como Hacienda pusieron el énfasis en la confidencialidad de los datos.


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Nueve ‘razones’ por las que Bruselas ha exigido a España que suba otra vez el IVA. La principal: no se creen el déficit anunciado por el Gobierno

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Fuente: http://www.elconfidencialdigital.com/politica/082015/nueve-razones-por-las-que-bruselas-ha-exigido-a-espana-que-suba-otra-vez-el-iva-la-principal-no-se-creen-el-deficit-anunciado-por-el-gobierno

El recuerdo del Gobierno de Rodríguez Zapatero sigue presente en Bruselas. En la Comisión Europea aún recuerdan el falso déficit del 6% anunciado por Elena Salgado a finales de 2011, que acabó siendo el 9, y ahora dudan de la cifra anunciada por Rajoy la semana pasada: el 6,7. Esa incertidumbre, unida a otros factores, ha provocado las nuevas exigencias de la troika a España.

 

 

El miércoles, el comisario de Economía de la UE, Olli Rehn, dio a conocer el último informe de la troika (FMI, Comisión Europea, y BCE) sobre España, en el que se exigen al Gobierno nuevas medidas de ajuste, como una nueva subida del IVA o acelerar la jubilación a los 67 años.

En el Gobierno ha sorprendido esa postura de Bruselas, y de momento sólo está planteado adelantar la nueva edad de jubilación. Sin embargo, dirigentes de la delegación española consultados por El Confidencial Digital explican que la Comisión Europea tiene nueve ‘razones’ para plantear a España esas nuevas exigencias más duras.

 

 

Desconfianza en el déficit del 6,7 por ciento

La primera, que destaca por encima de las demás, es la ya citada de la desconfianza que España genera todavía en algunos sectores de la UE. Las fuentes citadas relatan que “en las últimas semanas, organismos internacionales con influencia en la Comisión Europea han mostrado sus dudas respecto a que el déficit del 6,7% en 2012 anunciado por España se corresponda realmente con la realidad”.

Desde esos organismos se recuerda que ya España anunció a finales de 2011 una cifra que luego estuvo casi tres puntos por encima de lo reconocido institucionalmente. “Todos saben que ha habido un cambio de Gobierno, pero el recuerdo de la etapa Zapatero mantiene las dudas y la incertidumbre sobre nuestro país”, explican.

Además, “no hay que olvidar que el objetivo de déficit para 2013 es del 4,5%, y desde Bruselas quieren que la cifra se desvíe lo menos posible a finales de año”.

 

 

Evolución del PIB

Además de las dudas sobre ese déficit del 6,7% anunciado por Rajoy durante el debate sobre el estado de la Nación, las fuentes europeas consultadas por ECD enumeran estas otras ‘razones’ económicas que han llevado a la troika a plantear a España nuevas exigencias:

 

--La evolución negativa del PIB. Los estudios realizados por la troika apuntan que España seguirá decreciendo en 2013. En concreto, se estima que la recesión será de un punto y medio con respecto al Producto Interior  Bruto actual.

 

 

--Aumento del paro juvenil. Las previsiones también son negativas. La necesidad de dotar de prestaciones a los nuevos parados jóvenes afectará negativamente al déficit de Estado.

 

 

--La Seguridad Social ya es deficitaria. Relacionado con el dato anterior, los dirigentes europeos consideran que la necesidad del Gobierno de recurrir al Fondo de Reserva de la Seguridad Social durante los próximos años provocará un mayor ‘agujero’ económico.

 

 

--En Bruselas no gusta el IVA reducido del 10%. Ocho meses después de aplicar el nuevo IVA reducido del 8%, en Bruselas sigue sin convencer esta medida. “Ningún país de la zona euro contempla este tipo de impuesto sobre el valor añadido, y quieren eliminarlo o aumentarlo”. Además, “se pretende equiparar el precio de los carburantes españoles al resto de los países europeos”.

 

--Demasiado gasto social. En el último año, la Comisión Europea ha insistido a España en la necesidad de recortar en gasto social. En Irlanda, por ejemplo, el recorte en esa materia fue del 15%, lo que ha facilitado su cumplimento del déficit fijado.

 

 

--Necesidad de crear un contrato único. La reforma laboral realizada por el Gobierno el año pasado ha sido alabada a nivel comunitario, pero existe un paso que el Ejecutivo de Rajoy no ha realizado todavía y que Europa reclama: la creación de un contrato único indefinido que flexibilice la entrada y salida de trabajadores en las empresas.

 

 

Cambiar el modelo de Estado

En la UE insisten en que la principal causa del déficit español es el modelo de Estado, cuya reforma “se hace cada vez más necesaria”. En este sentido, los dirigentes europeos consultados apuntan otras dos ‘razones’ más por las que la Comisión Europea pide nuevos ajustes:

 

--No convence la reforma de la administración local. En Bruselas ha molestado que el Gobierno no elimine diputaciones y haya descartado reducir el número de ayuntamientos de España en la reforma de la administración local anunciada.

 

 

--Un control más estricto de gasto en las comunidades autónomas. Bruselas exige la supresión de más empresas públicas y eliminación de competencias autonómicas. “No es comprensible que la Junta de Andalucía, por ejemplo, gaste millones en Programas de Desarrollo, algo que correspondería al ministerio de Asuntos Exteriores”.


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El Gobierno indulta a un estafador

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Fuente: http://www.eldiario.es/politica/gobierno-indulta-estafador_0_108839396.html

El Boletín Oficial del Estado publica hoy un nuevo indulto marcado por la polémica. En esta ocasión, el Gobierno exime de cumplir sus penas de prisión a José Carlos Rey Zapata, condenado por un delito continuado de estafa.

Rey Zapata, camarero de profesión, fue condenado en su día a tres años y seis meses de cárcel y al pago de una multa de 3,7 millones de euros por deudas con Hacienda y con la Seguridad Social. Las crónicas de aquel juicio subrayaban la elevada cuantía de la multa económica impuesta al acusado y a sus socios.

 

 

Los problemas de José Carlos Rey Zapata tienen que ver con su actividad como empresario al frente de Aceites Campiña Sur S.L., una empresa puesta en marcha en 1993 y que evitó cumplir con los requisitos mínimos fijados por ley para cualquier actividad económica.

En el ejercicio del año 2000, esta compañía no presentó declaraciones trimestrales de IVA, ni resumen anual, ni llevó ninguna clase de libro de cuentas, ni registros fiscales obligatorios. Las estimaciones realizadas durante el juicio -cruzando datos de clientes, bancos y proveedores- señalan que, en un solo ejercicio, la sociedad dejó de pagar 1.171.246 euros.

 

 

Los datos relatios a 1998 apuntan impagos del Impuesto de Sociedades cercanos a los 350.000 euros. La actividad a la que dedicó la empresa de Rey Zapata fue la de comercio al por mayor de aceites y grasas y de alcoholes y bebidas derivadas. Tras el indulto, Zapata dejará de cumplir los cuatro meses que le restaban de su condena. 

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